Alguien debe pagar la fiestita, pero quien?
Nuestro club fue recientemente notificado de la regulación de honorarios y en realidad, en todos los tribunales del país siempre el trabajador es condenado "en costas" cuando pierde el juicio. Y no hace falta que sea “por su culpa”, basta que en la sentencia se rechace su demanda.
La regla es que la parte que pierde el juicio paga los honorarios que regule el juez, a favor de ambas partes, más los que haya pactado con su abogado.
Además, quien pierde el juicio debe pagar los costos de peritos, tasas judiciales y otros. Y quien gana, debe pagar lo pactado a favor de su abogado, pues aquello que regule el juez es obligación de la parte que pierde.
Es muy fácil hacer hoy un juicio ya que el demandante tiene el derecho de litigar sin gastos (lo que no significa que no pague si pierde), que lo exime de pagar sellados y tasas de justicia. Esa gratuidad comienza ya en el intercambio telegráfico, donde el supuesto trabajador no debe abonar las intimaciones telegráficas que realiza. Los abogados laboralistas no suelen cobrar anticipos de honorarios a los trabajadores. Se gane o se pierda el juicio, el abogado no le cobra honorarios al trabajador. Por eso la mayoría de los abogados celebra un “pacto de cuota litis” con el trabajador que le da el derecho a cobrar hasta un 20% de lo demandado. Esto es: si pierde no le cobra a nadie; si gana le cobra al demandado Club Almagro y al trabajador.
Pero no nos olvidemos que el expediente fue caratulado sobre Club Almagro y otro (Ariel Fernando Di Fiore) que no actuó a derecho al ser citado oportunamente para declarar.
A nuestro Club Almagro siempre le vas a terminar cobrando de una manera o de otra, siempre y cuando le corresponda, de vivos el país está lleno por desgracia, pero al aventurado demandante, estimamos les va a ser un poquito difícil sacarle algunos pesos o quizá encuentren perdidos, algunos patacones.
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